9244

La práctica de deportes náuticos en embarcaciones a vela, motor y esquí náutico, queda prohibida a menos de:

150 metros de las playas y a 100 metros del resto del litoral

150 metros de las playas y a 50 metros del resto del litoral

200 metros de las playas y a 50 metros del resto del litoral

100 metros de las playas y a 50 metros del resto de litoral

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