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Según párrafo 1 de la regla 33 capítulo v de solas, ¿cuándo está obligado el capitán de un barco a prestar auxilio habiendo recibido una información, a efectos de que hay personas siniestradas en la mar?

Siempre

Cuando esté en condiciones de prestar ayuda

Siempre, pero si es de su misma nacionalidad

Todas las respuestas anteriores son falsas

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