7458

Si los gobiernos aplican reglas especiales en cuanto a utilizar luces de situación y señales luminosas o marcas adicionales para buques dedicados a la pesca en flotilla, estas deben ser:

Coincidentes, en todo lo posible, con lo dispuesto en este reglamento

Que se aproximen a lo dispuesto en el reglamento

En la medida de lo posible, serán tales que no puedan confundirse con ninguna luz, marca o señal autorizada en otro lugar del reglamento

Los gobiernos no pueden imponer reglas especiales

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