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Según el convenio internacional marpol en su capítulo v ¿podre arrojar en el mar mediterráneo restos de comida, desde una embarcación de recreo?:

Este convenio no se aplica a embarcaciones de recreo por lo que podre arrojar los restos nada más salir de puerto

Siempre que lo haga a más de 12 millas de la tierra más próxima, y estos estén convenientemente desmenuzados o triturados

Nunca podre arrojar ningún resto de comida por tratarse el mar mediterráneo de una zona especial, dentro de esta zona está totalmente prohibido cualquier descarga de basuras

Al tratarse de restos orgánicos los podré arrojar a menos de tres millas de la tierra más próxima, aunque procuraré triturarlos

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