Sí, porque de día sólo pueden y deben ser exhibidas las marcas que procedan, no las luces |
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Sí, porque de día las luces sólo han de exhibirse si hay visibilidad reducida |
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No, a condición de que no exhiba las marcas correspondientes |
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No necesariamente, porque las luces no sólo deberán exhibirse también desde la salida hasta la puesta del sol si hay visibilidad reducida, sino que podrán además exhibirse en cualquier otra circunstancia que se considere necesario |
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