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En las zonas especiales se permitirá la descarga de desechos de alimentos en el mar, mientras el buque está en ruta:

Tan lejos como sea posible de la tierra más próxima, pero no a menos de 15 millas de la tierra más próxima

Los desechos de los alimentos deberán estar desmenuzados o triturados de manera que puedan pasar por cribas con mallas de una abertura máxima de 50 mm

No se aplicará la prescripción "en ruta" cuando quede claro que mantener dichos desechos de alimentos a bordo presenta un riesgo inminente para la salud de las personas a bordo

Podrán descargarse siempre que no contengan ninguna sustancia perjudicial para el medio marino

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