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Los chalecos salvavidas que deben llevar las embarcaciones de recreo:

Deben ser tipo solas, homologado por un organismo notificado con la marca de rueda de timón de acuerdo con el real decreto 809/1999, de 14 de mayo

No pueden ser inflables, por no estar esta clase de chaleco homologado como tipo solas por la dirección general de la marina mercante

Cuando son inflables, deben ser revisados anualmente en una estación de servicio autorizada

Al menos uno llevará luz y rabiza

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