El buque cuyo tránsito no deba ser estorbado por otro buque seguirá estando plenamente obligado a cumplir con las reglas de rumbo y gobierno, cuando ambos buques se aproximen con riesgo de que se produzca un abordaje |
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Ei buque cuyo tránsito no deba ser estorbado por otro buque se comportará en todo caso como el que que "sigue a rumbo' según la regla 17 del r1pa |
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El buque obligado a no estorbar el tránsito de otro buque que sólo pueda navegar con seguridad dentro de dicho paso o canal podrá cruzar dicho paso o canal, pero en tal caso se comportará, respecto del otro, como el buque que "cede el paso" segú |
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El buque cuyo tránsito no deba ser estorbado por otro buque será considerado como un buque con su capacidad de maniobra restringida |
ID_Pregunta | Texto | Enlace | URL_Imagen | Imagen | ID_Enlace | Acciones |
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