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¿puede una embarcación de recreo española en puertos nacionales izar la bandera reconocida en el estatuto de la comunidad autónoma de madrid junto con el pabellón nacional´?

No sólo podrá ízarse la bandera de la comunidad autónoma de matriculación de la embarcación

Solo si el propietario tiene residencia en la comunidad de madrid

Nunca, la posibilidad de izar banderas autonómicas sólo está reconocida a las comunidades autónomas históricas

La norma no dice nada al respecto

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