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Para el gobierno de una embarcación de recreo es necesario superar un reconocimiento psicofísico que:

Debe aportarse en el momento de la obtención de la tarjeta acreditativa del título y que sólo hay que volver a realizar si se produce alguna modificación de las condiciones psicofísicas del patrón, cuando este considere que pudiera afectar a sus aptitudes.

Debe realizarse periódicamente, cada dos años, desde la fecha de obtención o renovación de su permiso de conducir vehículos terrestres a motor.

Será realizado únicamente por los centros de reconocimiento de conductores, sin que se admita ningún otro certificado de reconocimiento médico expedido por otra entidad.

No será necesario realizarlo de nuevo por aquellos ciudadanos que acrediten que no han pasado más de dos años desde la fecha de obtención o renovación de su permiso de conducir vehículos terrestres a motor en vigor, aunque sí se exige una revisión de la visión ocular a los efectos de diferenciar los colores.

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