16195

De acuerdo con la regla 23 del ripa, los buques de propulsión mecánica en navegación deberán exhibir una segunda luz de tope:

A popa, cuando tengan menos de 30 metros de eslora.

A popa, cuando tengan al menos 50 metros de eslora.

A proa y más alta que la de popa.

A popa y más baja que la de proa.

⛵️ LUCES de NAVEGACIÓN ⚓️ [ RIPA regla 23, 25 y 28 ] - Nautimundo
3:30

Formulario de Enlaces















ID_Pregunta Texto Enlace URL_Imagen Imagen ID_Enlace Acciones