14191

La regla 19 del ripa, relativa a la conducta de los buques en condiciones de visibilidad reducida:

Se aplica a los buques que no estén a la vista uno de otro cuando naveguen cerca o dentro de una zona de visibilidad reducida.

Se aplica a los buques que estén a la vista uno de otro cuando naveguen cerca o dentro de una zona de visibilidad reducida.

Establece que todos los buques deberán aumentar su velocidad.

Establece que todos los buques deberán fondear inmediatamente.

Reglas de rumbo y gobierno - Reglamento prevenir abordajes - RIPA - Reglas  4 a la 10
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