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Según dispone la ley 14/2014, de 24 de julio, de navegación marítima, los patrones de embarcaciones con pabellón nacional deberán comunicar a la capitanía marítima todo episodio de contaminación producido desde su embarcación u observado desde la misma:

De inmediato y por el medio más rápido posible.

Dentro de las 24 horas hábiles siguientes a que se produzca u observe el episodio.

Dentro de las 24 horas naturales siguientes a que se produzca u observe el episodio.

En el menor tiempo posible y a través del canal 16 vhf.

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