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El fondeo de embarcaciones deportivas estará permitido en las reservas marinas cuando:

Sólo en caso de que la embarcación disponga de un ancla tipo danforth

Sólo en caso de que la embarcación tenga una eslora inferior a 6 metros

Está prohibido no obstante, si está permitido el amarre a boyas que estén habilitadas para ello

Las tres anteriores son correctas

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