13810

Las embarcaciones deportivas o de recreo autorizadas para un máximo de doce pasajeros, con base en un puerto español, realizarán la notificación reducida de desechos, del anexo v, del real decreto 1381/2002, de 20 de diciembre, con la siguiente periodicidad:

Trimestralmente ante la autoridad portuaria competente

Anualmente ante la capitanía marítima de su puerto base

Cada seis meses ante la instalación portuaria receptora autorizada para su gestión

Cada vez que entren en puerto

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