13317

Según la orden de fomento orden fom 1144/2003 sobre el régimen de descargas y vertidos al mar de las embarcaciones de recreo, indique en qué caso se autoriza la descarga de aguas sucias

A una distancia mayor de 3 millas de la tierra más próxima si dichas aguas han sido desmenuzadas y desinfectadas

Aguas portuarias

Aguas protegidas

A una distancia menor de 3 millas de la tierra más próxima si dichas aguas han sido desmenuzadas y desinfectadas

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