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13104

A tenor de la regla 17 del ripa, cuando uno de los dos buques deba mantenerse apartado de la derrota del otro, este último mantendrá su rumbo y velocidad:

En cualquier caso porque tiene preferencia de paso

Salvo que se encuentre tan próximo al otro que no pueda evitarse el abordaje por la sola maniobra del buque que cede el paso, en cuyo caso ejecutará la maniobra que mejor pueda ayudar a evitar el abordaje

Dependerá de las obligaciones existentes entre las distintas categorías de buques

Si existe riesgo evidente de abordaje sólo podrá cambiar de rumbo a babor o estribor, según el criterio del piloto

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