13022

Se define la velocidad de gobierno como:

La velocidad mínima a la cual la embarcación es capaz de maniobrar adecuadamente

La velocidad máxima a la cual la embarcación es capaz de maniobrar adecuadamente

La velocidad a la cual la embarcación es capaz de evitar un abordaje

La velocidad a la cual el oficial de guardia en el puente puede realizar una vigilancia adecuada

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