11768

Con el término de buque, según el reglamento ripa, nos referimos:

Toda clase de embarcaciones, incluidas las embarcaciones sin desplazamiento y los hidroaviones, utilizadas o que pueda ser utilizadas como medio de transporte sobre el agua

Toda clase de embarcaciones, incluidos los buques escuela, capaces de mantener la flotabilidad exigida por el reglamento, aunque no sean capaces de ser utilizadas como medio de transporte sobre el agua

Toda clase de embarcaciones con arrancada o en navegación capaces de transportar personas o mercancías

Ninguna de las anteriores

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