El lanzamiento o varada de la embarcación deberá hacerse a través de canales debidamente señalizados |
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Se podrá navegar a una velocidad superior a tres nudos, debiendo adoptarse las precauciones necesarias para evitar riesgos a la seguridad humana |
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Se permite la práctica de vela o de otros artefactos flotantes , siempre que se garantice la seguridad de los bañistas |
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No es obligatorio el uso de canales para el lanzamiento o varada de embarcaciones, siempre que se proceda en los extremos de la playa donde se minimice su interferencia |
ID_Pregunta | Texto | Enlace | URL_Imagen | Imagen | ID_Enlace | Acciones |
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