10346

Según el anexo iv del ripa, está prohibido utilizar o exhibir cualquiera de las señales de peligro y utilizar cualquier señal que pueda confundirse con ellas, salvo:

Que se trate de señales prescritas en alguna otra regla

Para sustituir algún otro medio de señalización que no funcione correctamente

Para indicar peligro y necesidad de ayuda

Que se trate de señales específicas para pesqueros

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